LA NUEVA LEGISLACIÓN AUDIOVISUAL IMPONDRÁ FUERTES SANCIONES A LOS ''INFLUENCERS'' QUE LA INCUMPLAN
En la sociedad actual los “influencers” tienen una gran relevancia social y de ahí generan grandes ingresos. Pero no solo los obtienen de las visualizaciones de sus contenidos, sino también a través de las promociones de productos. Además, estos “vloggers” cuentan con total libertad de difusión, puesto que no existe ninguna regularización para ellos.
Por esto, aparece una nueva ley, prevista de aprobar en el primer semestre de este año. Esta ley incluirá explícitamente la actividad de estos creadores de contenidos, según ha informado la Comisión Nacional de Mercado y Comercio (CNMC). La ley denominará a los “influencers” como prestadores de servicios de comunicación audiovisual, por eso tendrán marcados una serie de responsabilidades y deberes iguales a los del resto de comunicadores, por ejemplo, que los comunicadores de televisión.
Si esta ley se infringe, la multa rondará el millón de euros o la retirada de licencia de difusión de contenidos, si la infracción es muy grave. Esta ley no será aplicada a todos los creadores de contenido de la misma manera, puesto que no todos se encuentran al mismo nivel de repercusión que por ejemplo un programa de televisión. Además, para que esta ley se aplique a un “influencer”, este debe cumplir ciertos requisitos como; ostentar la responsabilidad de la difusión del contenido, dirigirse a un público general o que los contenidos tengan la función de informar, entender y educar.
Con esta nueva legislación los “vloggers” tendrán que cuidar mucho más sus mensajes para no ser multados. Sobre todo, tendrán que cuidar todos los mensajes que inciten al odio o que hagan un desprecio racial, religioso, sobre el género o cualquier otra circunstancia social o personal.
La televisión privada ya había pedido esta regularización, debido a que considera que estas personas hacen un negocio lucrativo y sin normas, lo que puede ser especialmente perjudicial para los menores.
Estas entidades privadas sustentan su petición en dos estudios: uno de la Asociación de Usuarios de Comunicación y otro de la Comisión Nacional de Mercado y Comercio. Ambos estudios han analizado casi 5.000 vídeos, de los cuales, solo el 1,1 % contaba con una advertencia de la edad mínima para consumirlos. Además, han confirmado que el 34% de los mensajes publicitarios son comunicación comercial encubierta, detectándose sobre todo en “influencers” cuyo contenido se basa en vídeos publicitarios (un 84,6%).
Silvia Mordillo